BIENVENIDOS AL
HOTEL DE ASOCIACIONES
Nuestra Web nace con la intención de crear un espacio de encuentro entre todas las asociaciones del municipio.
En ella puedes encontrar los datos y contactos de cada una de las asociaciones e información relevante sobre las actividades que realizan.
LOS RECURSOS
El hotel esta compuesto por seis aulas, una de ellas equipada con armarios y taquillas para que cada asociación pueda guardar su material, además de ordenadores con acceso a internet e impresoras.
Este espacio puede ser utilizado por todas las asociaciones del municipio siempre por turnos. Si eres asociación y tienes interés en participar en el hotel... ¡No lo dudes!.
SI PERTENECES A UNA ASOCIACIÓN DE SAN JAVIER Y AÚN NO NOS HEMOS PUESTO EN CONTACTO VOSOTROS ¡LLAMANOS! [leer noticia]
SEGUNDO ENCUENTRO ENTRE VOLUNTARIOS DEL BANCO DEL TIEMPO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER. [leer noticia]



Con anterioridad y posterioridad a la entrada en vigor de la Constitución, se han ido regulando diferentes tipos de Asociaciones, como es el caso de las Asociaciones Juveniles, Asociaciones Deportivas, Asociaciones de Padres/Madres de Alumnos, Asociaciones de Estudiantes, Asociaciones Universitarias, etc. Cabe añadir, a efectos de evitar confusiones, que cuando coloquialmente se habla de asociaciones culturales, nos estaremos refiriendo a aquellas asociaciones que no pertenecen a ninguna tipología en particular y que, por tanto, están reguladas por todas las normas generales.
Así mismo, podemos distinguir también entre Asociaciones y Federaciones o Coordinadoras, que serían las entidades formadas por la agrupación de varias Asociaciones. Los aspectos legales, fiscales, económicos, administrativos, etc., del funcionamiento de las Asociaciones y las Federaciones o Coordinadoras, son prácticamente iguales, con la única diferencia de que en éstas últimas, los socios serán personas jurídicas, es decir, las Asociaciones que pertenezcan a la Federación o Coordinadora, y así se especificará en sus estatutos. Así se establece en el Artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación , en su apartado f, donde dice:
f. Las asociaciones podrán constituir federaciones, confederaciones o uniones, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para la constitución de asociaciones, con acuerdo expreso de sus órganos competentes.







Todos los derechos reservados.
Política de privacidad